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Símbolos
de peligro
Las abreviaciones de los señales
de cada una de las categorías de peligro E (peligro
de explosión), O (oxidantes que alimentan los fuegos),
F (peligro de incendios), F+ (gran peligro
de incendios), T (tóxico), T+ (muy tóxico),
C (corrosivo), Xn (nocivo), Xi (irritante),
N (peligroso para el medioambiente) con letras, con
los llamados señales de peligro. Los señales
de peligro pueden ser utilizados tanto junto con los símbolos
de peligro como sin ellos, como sus "abreviaciones".
Algunas categorías de peligro (poco peligo de incendios,
sensibilizador etc.) a falta de señales con letras,
se indican con los correspondientes números
de R.
La sustancia debe llevar más de una señal de peligro:
- en caso de poner obligatoriamente las señales
de peligro T+ (muy tóxico, y/o T
(tóxico) no es obligatorio poner las señales de
Xn (nocivo), Xi (irritante) y C (corrosivo)
- en caso de poner obligatoriamente la señal de
peligro C (corrosivo) no es obligatorio poner las
señales de Xn (nocivo), Xi (irritante)
- en caso de poner obligatoriamente la señal de
peligro E (oxidantes
que alimentan los fuegos) no es obligatorio poner las
señales de peligro F+ (gran peligro de incendio),
F (peligro de incendio) y O (oxidantes que
alimentan los fuegos).
Los productos comercializados
para la población e incluídos en las categorías de "nocivo",
"gran peligro de inendios" y "peligro de
incendios" deben llevar un símbolo de peligro perceptible
con el tacto. No tienen que llevar símbolo de peligro
perceptible con el tacto los productos de aerosol, comercializados
para la población y de la categoría de "gran peligro
de incendios" y "peligro de incendios".
Los símbolos correspondientes a las letras deben figurar
obligatoriamente en la etiqueta y/o en el embalaje. Si la
sustancia tiene características de las dos categorías de
peligro (físico, toxicológico, toxicológico-ambiental),
se debe poner obligatoriamente los tres símbolos y/o las
tres señales de peligro correspondientes.
Los símbolos de peligro en todos los casos son un dibujo
negro sobre fondo de color naranja.
Frases
R y S
Frase R: frase sobre los peligros/riesgos de las sustancias
peligrosas
Frase S: frase referente al uso seguro de las sustancias
peligrosas
!La
mayoría de las frases R puede utilizarse únicamente con
el correspondiente símbolo
de peligro o señal de peligro!
Ejemplos para frases R y para los correspondientes peligros:
- T+
(muy tóxico): R 23, R 27, R 26, R 39
- T
(tóxico): R 23, R 24, R 25, R 39, R 48
- Xn
(nocivo): R 20, R 21, R 22, R 40, R 48, R 42
- C (corrosivo): R 35, R 34
- Xi
(irritante): R 41, R 36, R 37, R 38, R 43
- N
(peligro para el medioambiente): R 50, R 51, R 59
- E
(peligro de explosión): R 2, R 3
- O
(oxidantes que aliementan fuegos): R 7, R 8,
R 9
- F+(gran
peligro de incendios): R 12
- F
(peligro de incendios): R 11, R 15, R 17
Ejemplos para frases R independientes, sin símbolos de
peligro:
- R
1, R 4, R 5, R 6, R 7, R 10, R 14, R 16, R 18, R 19, R
30, R 44, R 52
Aquí
encontrará las frases R y S.
Buscador
de sustancias peligrosas
En caso de preparados es importante establecer las categorías
exactas de los componentes del preparado. Para ello se ofrece
ayuda por el buscador de sustancias peligrosas que se encuentra
en nuestra página inicial.
Poniendo en el buscador el nombre de la sustancia, su número
CAS, número UE (números ELINCS, EINECS), o su estructura
molecular se puede enterar de la categoría de peligro de
la sustancia y de las correspondientes frases R y S.
Conceptos básicos para el uso del buscador:
Número CAS - número de
identificación del Chemical Abstract Service
Número EINECS -European
Inventory of Existing Commercial Chemical Substances – Inventario
Europeo de Sustancias Químicas Comerciales Existentes que
contiene todas las sustancias presentes en el mercado de
la Comunidad Europea el 18 de septiembre de 1981.
ELINCS - European List
of Notified Chemical Substances – Lista Europea Notificada
de Sustancias Químicas que contiene todas las sustancias
nuevas, notificadas en la Comunidad Europea y en la Unión
Europea a partir del 18 de septiembre de 1981.
Para denominar las sustancias
que se incluyen en el EINECS y en el ELINCS se debe utilizar
su nombre químico internacionalmente reconocido (pe. ISO,
IUPAC).
Índice:
El índice es un código identificativo
incluído en el Anexo I. de la Directiva 67/548/CEE. Cada
una de las sustancias está incluída en el Anexo de acuerdo
a éste índice.
Número UE:
Todas las sustancias que se
incluyen en el EINECS tienen códigos identificativos. El
primer código identificativo es el 200-001-8, la enumeración
parte de éste número.
Cada una de las nuevas sustancias
notificadas según la Directiva 67/548/CEE se determinará
y se publicará en el ELINCS con su correspondiente código
identificativo. El primer código identificativo es el 400-010-9,
la enumeración parte de éste número.
Aquí
encontrará nuestro buscador
Información
Online
Utilizando nuestro servicio de información online, puede
Ud. hacer preguntas a nuestros especialistas en los siguientes
temas:
-
Interpretación de los datos e informaciones
incluídos en las hojas de datos de seguridad
- Asesoramiento para la preparación de hojas de datos
de seguridad
- Obligación de notificar oficialmente las hojas de datos
de seguridad
- Normas referentes, normas comunitarias y nacionales
- Notificación, REACH
- Cuestiones generales relacionadas con la seguridad química
Nos reservamos el derecho de denegar la respuesta en todos
los casos cuando las preguntas superan los límites de los
servicios gratuitos y/o cuando son incompatibles con el
perfil de nuestra compañía.
Le llamamos la atención al usuario a que las respuestas
de nuestros especialistas tienen carácter informativo, por
su contenido no asumimos ningún tipo de responsabilidad.
Los datos de nuestros usuarios Online y las informaciones
confidenciales que comparten con nosotros, serán tratados
conforme a los principios básicos establecidos en la privacy
policy, sin entregarlos a terceros.
Aquí
puede Ud. plantear sus preguntas.
Conceptos
de MSDS
Es importante que la persona
(empleado) que usa el producto pueda determinar, mediante
las hojas de datos de seguridad, si el preparado tiene o
no efectos nocivos para la salud o para el medioambiente
y cómo se debe utilizar o tratar correctamente la sustancia
peligrosa en cuestión.
La información debe ser hecha
en forma contundente y precisa, pero lamentablemente todos
los que preparan hojas de datos tienen en consideración
este requerimiento aunque, sin duda alguna, muchas veces
ocurre que se debe emplear términos profesionales para ldescribir
un fenómeno con exactitud.
Los conceptos de MSDS que se
encuentran en nuestra página le ayudará a interpretar correctamente
el texto de las hojas de datos de seguridad.
Aquí
encontrará Ud. los conceptos de MSDS
Los
criterios relativos al contenido y a la forma de la hoja
1. Identificación de la substancia/del preparado y de
la compañía/empresa
1.1 Identificación de la substancia o del preparado
1.2 Utilización de las substancias/de los preparados:
se debe señalar el uso normal o recomendado relativo
a la substancia/preparado. La hoja puede contener una descripción
corta que se refiera a la utilización efectiva.
1.3 Especificación de la persona responsable por
la puesta en circulación: dirección completa y múmero de
teléfono de la persona competente o del fabricante, importador
o mediador.
1.4 Número de teléfono de urgencia: el número del
teléfono de la compañía y/o del órgano de consultas
oficial competente.
2. Composición/información relativa a los ingredientes
La información suministrada debe ser tal que la persona
acogedora sea capaz de fácilmente definir el grado de peligrosidad
de los ingredientes del preparado.
Se debe especificar las denominaciones y números con cuales
las substancias antedichas se identifican en el EINECS,
el número CAS y el nombre IUPAC (si es disponible).
Se debe especificar la clasificación de las substancias,
incluyendo los símbolos letras y también las sentencias
R que indican el caracter de los peligros.
3. Clasificación según peligrosidad
Se debe señalar clara y brevemente los peligros
que amenazan a los humanos y el ambiente durante el uso
de las substancias. Se debe describir los efectos y síntomas
nocivos físico-químicos principales los cuales amenazan
la salud de los humanos y el ambiente, y los cuales pueden
estar probablemente previstos durante el uso o uso incorrecto
de las substancias. Puede ser necesario llamar la atención
a otros peligros también, cuales a pesar de no estar sujetos
a clasificación, puedan agravar la peligrosidad general
de la substancia.
4. Ofrecimiento de primera ayuda
La información referente a primera ayuda debe ser breve
y fácilmente comprensible, para que la persona lesionada
y las personas que le rodean puedan comprenderla con facilidad.
Las informaciones deben agruparse bajo títulos diferentes,
conforme a los modos de exposición, por ejemplo inhalación,
infiltración a la piel o a los ojos, deglución oral. Se
debe señalar si es necesaria o recomendada la intervención
profesional de un médico.
5. Disposiciones de protección contra incendios
En caso de incendios causados por las substancias o
por los preparados, o nacidos en la cercanía de estos, se
debe referir a los requerimientos de protección contra incendios..
Estos son los siguientes:
- materiales extintores apropiados
- materiales extintores los cuales no se pueden usar por
causa de seguridad
- peligros especiales de exposición,
productos de combustión, gases producidos por la substancia
misma o el preparado mismo,
- equipo protector especial
para bomberos
6. Medidas a tomar caso que la substancia se escape
por incidente
En dependencia de la substancia o del preparado peligroso
en cuestión, las siguientes informaciones pueden ser necesarias:
- medidas de precaución personales
- medidas de precaución para la protección ambiental
- métodos de limpieza
7. Tratamiento y almacenamiento
Las informaciones deben incluír la protección de salud,
de seguridad y de ambiente. Deben ayudar al empleador en
planear procesos de trabajo apropiados y en tomar medidas
organizatorias convenientes.
7.1 Tratamiento: se debe indicar las medidas de
precaución relativas al tratamiento seguro, incluyendo las
propuestas referentes a las medidas tecnológicas.
7.2 Almacenamiento: se debe determinar las condiciones
para el almacenamiento seguro. Si es posible, se debe dar
consejos relativos a los límites cuantitativos adaptables
a las circunstancias de almacenamiento actuales. Es de importancia
particular referirse a los criterios especiales individuales,
por ejemplo a los tipos de materiales utilizados para el
embalaje/almacenamiento de las substancias o de los preparados.
7.3 Utilizacion(es) determinada(s): en caso de productos
finales destinados para utilizaciones determinadas, las
recomendaciones deben referirse al objetivo de utilización;
las recomendaciones deben ser detalladas y utilizables.
Si es posible, se debe referir a las instucciones especiales
ya aprobadas en la industria o en otros campos de actividad.
8. Controles de exposiciones, protección individual
8.1 Valor límite de exposición: se debe definir
los parámetros exactos de control actualmente aplicables,
incluyendo los valores límites de exposición relativos al
lugar de trabajo, y también los valores límites biológicos.
El valor debe darse a conocer al distribuidor de la substancia
o del preparado en el país miembro afectado. Se debe suministrar
información sobre los procedimientos de monitorización actualmente
aplicados.
8.2 Control de la exposición: el control de la exposición
incluye el rango completo de las medidas protectoras y preventivas
tomadas a fin de reducir la exposición de los empleados
y del ambiente durante la aplicación. Esto requiere la planificación
correcta de los procesos laborales y el control tecnológico,
el uso de instalaciones y materiales convenientes, la aplicación
de las medidas de precaución colectivas para la fuente de
exposición, y por fin, las medidas tomadas para la protección
individual, por ejemplo el uso de equipos protectores individuales.
Caso que se necesite protección individual, se debe especificar
detalladamente, cual es el equipo protector capaz de asegurar
la protección adecuada:
- Protección
respiratoria
- Protección
de manos
- Protección
de ojos
- Protección
de piel
Controles de exposición de ambiente: se debe suministrar
la información pedida por el empleador, para que éste pueda
cumplir con sus deberes relativos a la protección ambiental,
especificados en los reglamentos de la Comunidad Europea.
9. Propiedades físicas y químicas
Se debe suministrar todas las informaciones que sean
disponibles sobre la substancia o el preparado (por ejemplo:
estado físico, color, olor, punto de ebullición, i nflamabilidad,
presión de vapor, densidad relativa, solubilidad en agua/grasa,
viscosidad, pH etc.).
10. Estabilidad y reaccionabilidad
- Circunstancias que se deben evitar
- Substancias que se deben evitar
- Productos de degradación peligrosos
11. Datos toxicológicos
Significa la descripción concisa pero integral de los
efectos toxicológicos relativos al caso en que el usuario
entra en contacto con la substancia. Esta categoría incluye
los efectos de exposición de las substancias los cuales
en parte son baseados en experimentos científicos, las informaciones
sobre diferentes vías de exposición (inhalación, deglución
oral, infiltración a la piel o a los ojos), y los síntomas
atribuíbles a las propiedades físicas, químicas y toxicológicas.
12. Ecotoxicidad
Se debe especificar los efectos potenciales de
la substancia o del preparado en cuestión, su conducta y
destino en el ambiente, en el aire, en el agua y/o en el
suelo. Caso que sea posible, se debe especificar los resultados
esenciales de los exámenes:
- Ecotoxicidad
- Mobilidad
- Persistencia y disgregabilidad
- Capacidad bioacumulativa
- Otros efectos nocivos
13. Aspectos relativos al tratamiento de basura
Tanto
para la substancia como para el preparado se deben especificar
los métodos de innocuización (quemadura, reciclamiento etc.).
14. Prescripciones relativas a transporte
Se debe indicar todas las medidas de precaución especiales
las cuales es usuario debe conocer al transportar las substancias
dentro o fuera de su territorio:
- Número "UN",
- Clase,
- Denominación correcta de expedidor,
- Categoría de embalaje,
- Substancias contaminantes al mar,
- Otra información utilizable.
15. Información sobre la regulación
En la etiqueta se debe indicar la información sobre
salud, seguridad y ambiente.
16. Otra información
Se debe suministrar todas las otras informaciones, las
cuales el prestador de servicios juzga importantes desde
el punto de vista de la salud, la seguridad del usuario
y de la protección ambiental, por ejemplo:
- lista
de las sentencias R adecuadas
- limitaciones
recomendadas para la utilización
- informaciones
adicionales
- fuentes
de los datos de importancia clave utilizados para la confección
de las hojas de datos
- en
caso de hojas de datos revisadas, las informaciones agregadas,
borradas o revisadas deben indicarse claramente.
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