REGLAMENTO (UE) No 453/2010 DE LA COMISIÓN

La información incluida en la ficha de datos de seguridad se redactará de manera clara y concisa...



Las fichas de datos de seguridad deberán ser elaboradas por una persona competente, que tenga en cuenta las necesidades específicas y los conocimientos de los usuarios a los que se destinan, en la medida en que se conozcan. Los proveedores de sustancias y mezclas deberán asegurarse de que dichas personas competentes hayan recibido una formación adecuada, incluidas actividades de formación continua.

REACH, ANEXO II


Traducción de la ficha de datos de seguridad

 


 


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